A mis amigos Jurisconsultos
Tengo ya aproximadamente un mes con un problemita laboral, específicamente con el Ministerio de Ambiente, (materia en la que no soy muy ducha la verdad) el punto es que el mencionado Ministerio me apertura de oficio un procedimiento administrativo sancionatorio y a su vez me ordena el cierre de la Estación de Servicio hasta tanto no salga la providencia administrativa, el punto es que tengo desde hace tiempo con esa situación rondando por mi cabeza, ¿Puede la administración pública ordenar el cierre de un establecimiento sin tener una decisión definitiva que sirva de fundamento a tal acto (como así lo estipula el artículo 78 de la LOPA)?..... Perdonen la ignorancia para aquellos expertos en la materia, pero como ya dije no soy muy experta en derecho Administrativo y se me ocurrió solicitarle ayuda a ustedes a través de este medio. Además la LOPA no establece nada en relación a medidas preventivas o a medidas de cierre (para este caso en particular) …… si algo pueden aportar agradecida estaré… saludos